El TSXG ha desestimado el recurso presentado por Carmen Franco Polo contra el auto que previamente rechazó establecer medidas cautelares y suspender la declaración como Bien de Interés Cultural del Pazo de Meirás para que éste no tuviera que ser abierto al público mientras no haya una sentencia firme. Polo alegaba los gastos de vigilancia y seguro por accidentes que ocasionaría abrir el inmueble en el que vivió Emilia Pardo Bazán, además de posibles problemas de orden público por manifestaciones políticas, actos vandálicos o atentados.
Aunque el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia reconoce que los perjuicios económicos son graves, alega que no se han cuantificad, “sin perjuicio de que llegado el caso de que las circunstancias lo exigieran se procediera a adoptar las medidas oportunas en función del número y características de los visitantes”, según agrega el auto, que es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.