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La reforma laboral plantea rebajar de 45 a 20 días la indemnización por despido
Esa es una de las novedades que contiene la reforma laboral que el Gobierno ha entregado hoy a los agentes sociales. Podrán acogerse a ello las empresas que acrediten 6 meses consecutivos de pérdidas en su balance de cuentas. Actualmente las empresas tenían que indemnizar con 45 años por año trabajado a los empleados a los que rescindiesen el contrato de trabajo y en los casos de absentismo laboral, ineptitud o la necesidad de amortizar los puestos de trabajo de la empresa, es decir: que esta estuviese en peligro real de cierre.
Esta misma indemnización se aplicará en en los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) que tendrán que ser aprobados por el Ministerio de Trabajo .
El texto recoge también el llamado ‘modelo alemán’ que prima la rebaja de la jornada laboral para evitar el despido: el Gobierno permitirá dicha reducción por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción “derivadas de fuerza mayor“. A ella podrán acogerse todas las empresas, da igual su tamaño, y ésta podrá ser de entre un 10 y un 70% de la jornada laboral: eso sí, no podrá tener una duración superior a un año.
En lo que se refiere a la contratación temporal, se amplía su uso a los parados que lleven más de tres meses en desempleo (hasta ahora son 6) e incluye a discapacitados y quienes los dos años anteriores a la pérdida del trabajo, hubieran tenido exclusivamente contratos temporales.
Se amplía de seis a doce meses el periodo de prórroga en la duración de los contratos de obra o servicio, más allá de los dos años de límite actuales, mejora la indemnización a la finalización de los mismos, de 8 a 12 días por año trabajado…aunque esta reforma no se aplicará hasta 2014.
Por último, se mejoran las condiciones por las que un trabajador temporal pasa a ser fijo: hasta hoy un trabajador con contrato temporal que lleve 24 meses en un mismo puesto y en la misma empresa con más de un contrato, pasará a ser fijo, desde que entre en vigor la reforma, se aplicará esto mismo aunque sea en un puesto de trabajo distinto y no sólo en la misma empresa, sino dentro del mismo grupo empresarial.