El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado por seis votos a cinco la sentencia del Supremo que en marzo de 2010 prohibió la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior. Ello supone que la formación abertzale queda legalizada y podrá ejercer su actividad como partido político con total normalidad.
El Tribunal Supremo había prohibido la inscripción de Sortu con el voto de nueve magistrados de la Sala del 61 del Tribunal Supremo, por considerarlo sucesor de la ilegalizada Batasuna. Otros siete magistrados suscribieron un voto particular contrario al veto.
Son, precisamente, los argumentos jurídicos expuestos por estos magistrados los que han sido apreciados por el TC para dictar sentencia en este caso, en especial uno de ellos: que la formación rechazaba la violencia en los estatutos que presentó ante el Registro de Interior.