Rizana Nafeek, la ciudadana de Sri Lanka condenada a muerte por un delito que supuestamente cometió cuando era menor de 18 años de edad, ha sido decapitada en Arabia Saudí a pesar de las presiones internacionales para que no se llevara a cabo la ejecución, entre ellas las del presidente de su país, Mahinda Rajapaksa, según ha denunciado Amnistía Internacional (AI).
Nafeek, trabajadora doméstica, fue condenada en junio de 2007 por la muerte de un niño que estaba a su cargo. Según AI, durante el proceso no tuvo acceso a abogados ni a intérpretes cualificados y se le presionó para que confesara la muerte del niño. Tras retractarse de su primera confesión, la joven aseguró que el fallecimiento del bebé se había debido a un accidente.
Aparte, Nafeek había alegado en todo momento que solo tenía 17 años en la época de los hechos, pero los jueces no le dejaron aportar durante el juicio los documentos que revelaban su verdadera edad y posteriormente, cuando sí pudo hacerlo, no los tuvieron en cuenta para modificar su sentencia. Según AI, su ejecución contraviene la Convención de los Derechos del Niño, de la que Arabia Saudí forma parte.
“A pesar del coro de peticiones a las autoridades saudíes para que impidieran y reconsideraran la sentencia de muerte contra Rizana Nafeek, su intención era decapitarla y la han ejecutado de todas todas, demostrando una vez más, lamentablemente, cómo incumplen sus obligaciones internacionales respecto a la pena de muerte”, ha denunciado el director para Oriente Próximo y Norte de África de Amnistía Internacional.
Nafeek fue condenada a muerte el 16 de junio de 2007 por un tribunal de Dawadmi, al oeste del país. Aunque el pasaporte utilizado por la mujer para entrar en mayo de 2005 indicaba que su fecha de nacimiento era febrero de 1982, su certificado de nacimiento demostraba que realmente había nacido seis años más tarde, por lo que tenía 17 años cuando se produjo la muerte del niño.
Según las informaciones en poder de AI, los jueces no le permitieron durante el juicio presentar su certificado de nacimiento ni otras evidencias sobre su edad. Aunque sí se le permitió presentar esta documentación en los posteriores procedimientos legales, los jueces no rectificaron su fallo inicial y se ampararon en los poderes discrecionales que les conceden las leyes saudíes para decidir si corresponde o no algún beneficio penal a los menores de edad.