El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que condenó a un grupo de empresas del sector de la construcción a indemnizar con cerca de 115.000€ o a readmitir a un trabajador, a quien encadenó contratos temporales a lo largo de 30 años.
Fue la Sala de lo Social la encargada de desestimar el recurso interpuesto por el consorcio de empresas en cuestión contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia que calificaba el despido del empleado como improcedente y reducía la indemnización fijada en un primer momento por un Juzgado de lo Social.
La sentencia del TS declara probado que el demandante trabajó como oficial desde 1980 para las empresas condenadas, que le despedían para volverle a hacer contratos temporales por obra y servicio hasta que en 2009 le comunicaron la extinción de su relación laboral.
El empleado intentó sin éxito que le fuera reconocida su condición de trabajador fijo alegando que había superado el tiempo legalmente previsto para prestar servicios de forma temporal, una petición rechazada constantemente.
La sentencia del Supremo, confirma que el despido fue improcedente y que existía una relación laboral indefinida.