El presidente del Tribunal Constitucional (TC) ha convocado al Pleno de este órgano para dar explicaciones de la información de ‘El País’ que detalla que Francisco Pérez de los Cobos pagó cuotas como militante al PP entre 2008 y 2011.
La Constitución establece un tratamiento diferenciado a la relación con los partidos políticos según se trate de miembros del Poder Judicial o de miembros del TC, y que al no ser De los Cobos juez de carrera, sino Catedrático del Derecho del Trabajo, no habría vulnerado la norma que prohíbe a los jueces pertenecer a algún partido.
El artículo 127 de la Constitución prohíbe a los jueces, en tanto que son miembros del Poder Judicial, la simple pertenencia a una formación política; sin embargo, cuando se trata de miembros del Tribunal de Garantías, el artículo 159.4 limita esa prohibición al desempeño de “funciones directivas” dentro de los partidos políticos.
Según la información publicada, Pérez de los Cobos habría ingresado la cuota de militante por última vez en 2011, siendo entonces miembro del Tribunal Constitucional, donde tomó posesión en enero de ese mismo año.