El juez que instruye la causa por el accidente de Angrois ha emitido este viernes un auto en el que no duda en apuntar que el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) “incrementó el riesgo para la vida de miles de personas” cambiando el sistema de seguridad ERTMS por el ASFA en la curva por “motivos comerciales”.
En un auto de 14 páginas, Luis Aláez recuerda que fueron los responsables de Adif los que tomaron la “decisión trascendental” de “modificar el proyecto original” de la línea Ourense-Santiago en cuanto al ancho de vía, lo que “afectó” a las instalaciones de seguridad, “pasando de la configuración inicial de la explotación” con sistema ERTMS en toda la línea a mantener este sistema hasta “cuatro kilómetros antes del lugar del accidente”, donde pasó a explotarse sólo con sistema ASFA.
Para el magistrado, esta decisión de los responsables de Adif, de “convertir una indiscutible línea de alta velocidad en una línea asimilada” se consideró “desde los momentos iniciales de la investigación sospechosa de una imprudencia punible”, dado que “conllevó un previsible incremento del riesgo en la circulación que no se considera adecuado socialmente”.
El juez Alaez cree que esta modificación “parece haber supuesto para la sociedad tan sólo un beneficio menor”, que “no ampara aquel incremento del riesgo”. “Presumiblemente, la única utilidad que obtuvo la sociedad con aquella decisión ha sido el ahorro de unos minutos de viaje entre Ourense y Santiago, como contrapartida a un importante aumento de riesgo para la vida de los cientos o miles de personas que utilizan la línea cada día”.
La libertad de actuación de los responsables de Adif, indica el auto, “tiene como elemento delimitador la seguridad de los usuarios del ferrocarril”, y la transformación de esta línea sin la adición de “medidas de seguridad” a mayores, es “sospechosa de criminalidad”, apunta.
El juez acusa a Adif de haber realizado esta modificación, y la “rebaja de seguridad” consecuente, amparándose en “motivos comerciales”. Alaez continúa afirmando que el “regateo de seguridad” de esta decisión se produjo por “motivos comerciales o productivos”, derivados tanto de una “insignificante rebaja de los costes de obra y mantenimiento” como de la reducción de “minutos” en el trayecto con el objetivo de aumentar el “atractivo comercial” de la línea y lograr la “seducción o captación de usuarios” con “fines lucrativos”.
“Se trata de una situación creada por una posible decisión no técnica, sino de tinte comercial, que se adoptó por las mismas personas que tenían como deber primordial velar por la seguridad de los usuarios de la línea, y la posibilidad de cumplir con él dictando las normas complementarias correctas para mitigar el riesgo”, concluye.