Aprobado el nuevo sistema de acceso a la pensión de los contratos parciales

El Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Protección de los trabajadores a tiempo parcial. El nuevo régimen presenta cambios en el acceso a la protección social de los trabajadores para acceder a las prestaciones de jubilación. Con esta medida no será necesario acreditar 15 años cotizados, lo que implicaba cotizar durante más años a jornada parcial para cumplirlo.

El comunicado del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social alega que el período mínimo de cotización exigido se ajustará al coeficiente de parcialidad que acrediten a lo largo de la vida laboral estos trabajadores, y que figura en el Fichero General de Afiliación, que se corresponde al porcentaje de parcialidad de la jornada con respecto a la de tiempo completo.

Por ejemplo, si un trabajador tuviera un coeficiente de parcialidad del 50% (su jornada laboral fuera la mitad de la completa) el período mínimo de cotización que tendría que acreditar para la jubilación no serían 15 años sino 7,5 años.

A esta base reguladora se le aplica un tanto por ciento en función de los años cotizados que dará como resultado la cuantía de la pensión. Se partirá del periodo mínimo de cotización del trabajador al que se le aplicará un 50% sobre su base reguladora. A partir de ese periodo mínimo, todo el tiempo que lo supere incrementará ese porcentaje en función de la escala general de la jubilación ordinaria.

El Gobierno opina que la nueva regulación permitirá acabar con la discriminación de estos trabajadores a la hora de acceder a una pensión, mientras que la oposición rechaza la medida por profundizar en la precariedad laboral de las condiciones de trabajo.

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