Los médicos de la sanidad pública pierden competencias a la hora de decidir sobre la baja de un trabajador, competencias que pasan a las mutuas– empresas privadas- de acuerdo con la Ley de Mutuas, aprobada este viernes por el Consejo de Ministros.
Será la mutua la que pueda llamar al trabajador, hacerle una revisión y, a la vista de sus resultados pedir a los servicios públicos de salud y a la Seguridad Social que le dé de alta. El médico deberá contestar en cinco días, sino es así, la mutua se dirigirá a la Seguridad Social, que deberá dar una respuesta en cuatro.
Por lo que se refiere a la Incapacidad Laboral Transitoria (ILT), el control pasa a manos de las mutuas ya que, si considera que el trabajador “podría no estar impedido para el trabajo” formulará una propuesta de alta a la inspección médica de los servicios de salud, que tiene cinco días para contestar.