Según han confirmado fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el Juzgado mixto nº1 de Cangas, en funciones de guardia, ha decidido dejar en libertad a la mujer que había sido detenida por un presunto delito de sustracción de menores, con obligación de comparecencias quincenales. El juez ha entendido que en estos momentos ambos progenitores tienen la guardia y custodia de su hijo, y que no se ha constatado que exista una situación de riesgo para el menor.
El 11 de enero de 2015, el Juzgado mixto nº2 de Mérida dictó una orden de protección por la que ambos progenitores debían estar alejados el uno del otro y otorgó la custodia al padre; mientras que la madre podía ver al menor en un punto de encuentro. Sin embargo, ha pasado más de un mes desde que se dictó la orden, y por lo tanto el titular del Juzgado mixto nº1 de Cangas entiende que la misma ya no está en vigor, y que ambos progenitores tienen los mismos derechos.
“Las medidas de carácter civil contenidas en la orden de protección tendrán una vigencia temporal de 30 días. Si dentro de este plazo fuese incoado a instancia de la víctima o de su representante legal un proceso de familia ante la jurisdicción civil las medidas adoptadas permanecerán en vigor durante los treinta días siguientes a la presentación de la demanda. En este término las medidas deberán ser ratificadas, modificadas o dejadas sin efecto por el juez de primera instancia que resulte competente”.
En este caso, no consta que ninguna de los padres presentase demanda alguna, por lo que el juez de Cangas ha entendido que los progenitores tendrán que acudir al juzgado de lo civil competente para que decida sobre la custodia del menor. Sobre el presunto delito de sustracción de menores, será el juzgado de Mérida competente el que decida sobre su continuidad.