La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha confirmado la sentencia contra un regatista que partició en 2015 en una competición con una embarcación en la que se podía ver el lema ‘No celulosas’, en contra de la empresa Ence.
Desestima así el recurso de apelación para la protección de derechos fundamentales del regatista, sancionado por el Comité de Protestas de la I Regata Interclubes de la Ría de Pontevedra. La Sala asegura que el deportista utilizó una “expresión claramente reivindicativa, con evidente finalidad social, política y medioambiental”, con el que buscaba un “efecto propagandístico y publicitario” para influir en la gente.
Según la sala, no se impide al deportista manifestar su opinión, sino que lo que se veta es que lo haga aprovechando una competición deportivas tiene reglas específicas que prohíben estas actitudes.