Así lo ha decidido la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en una sentencia que rechaza el recurso presentado por la Asociación Empresarial de Industriales y Comerciantes de As Travesas (AETRAVI) contra la resolución del Gobierno de Galicia, que aprobaba la propuesta del Concello, en las que se declaraban estas dos zonas de Vigo como de “gran afluencia turística”.
Los comerciantes de As Travesas entendían que estos negocios de Bouzas y el Casco Vello debían tener esa libertad horaria solo del 15 de junio al 15 de septiembre, pero el Tribunal Superior de Xustiza-cuya resolución puede recurrirse ante el Supremo- entiende que no debe de ser así y que procede la declaración de ambas zonas como de gran afluencia turística tomando como argumento para ello el hecho de que ambos lugares acojan grandes eventos deportivos, sean centros de turismo comercial o considerando el número de pernoctaciones en los mismos.