El Estado tendrá que devolver a Enric Stern y Jordi Taulats los 2.700€ de multa que les fueron impuestos en 2007 por quemar una foto de los reyes. Además de ello, tendrán que ser indemnizados con 9.000€, tal y como sentencia el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que ha estimado el recurso de los dos jóvenes condenados por injurias a la corona por quemar una foto de los reyes Juan Carlos y Sofía.
El Tribunal de Derechos Humanos considera, literalmente, que la condena impuesta en 2008 por la Audiencia Nacional-y luego ratificada por el Constitucional que negó el amparo a Stern y Taulats- “constituye una interferencia con la libertad de expresión”. Además de ello, subraya que este hecho “no fue un ataque personal contra el rey de España destinado a despreciarlo y vilipendiarlo” y afirma que la Justicia española vulneró el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH)
El Tribunal Europeo indica que se trató de “una crítica a lo que el rey representa, como jefe y símbolo del aparato del Estado” y por ello la quema de la fotos “entra dentro del ámbito de la crítica política o la disidencia y corresponde a la expresión de un rechazo de la monarquía como institución”.