El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid ha suspendido, provisionalmente, el informe del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial que concedía la licencia urbanística para exhumar al dictador del Valle de los Caídos.
La querella impugnaba el informe del consistorio con fecha 26 de noviembre de 2019 por el que se declaraba “admisibles las actuaciones urbanísticas consistentes en levantado del pavimento de mármol, retirada de la losa de piedra que cubre la sepultura de Franco” y su “traslado a otro lugar”.
"La memoria histórica es una maldad de Zapatero y el socialnacionalismo" y otras nueve frases controvertidas del juez que torpedea la exhumación de Franco https://t.co/Qsv9c0KDpg
— Ignacio Escolar (@iescolar) February 26, 2019
El demandante argumenta que el acuerdo del Consejo de Ministros del 15 de febrero de 2019 implica la “inminencia de la citada exhumación” con las obras y subraya que en el “caso de autos no se aprecia especial urgencia” para exhumar a Franco que lleva en el Valle de los Caídos 44 años.
Posteriormente apunta que lo “realmente importante” de la demanda es que “a falta de expediente administrativo”, que no disponen de ello, dudan que las obras sean “conformes a la legalidad vigentes” y si se pueden efectuar “con seguridad para las personas”.
“Es decisivo recordar que se trata de remover unas losas de mármol que, a su vez tapan una losa de granito de, al parecer, 2.000 kilos de peso”, advierten al tiempo que vislumbran un “riesgo evidente”.
Para finalizar, indican en un dictamen pericial de dos arquitectos que la documentación aportada le “falta un riguroso análisis de la seguridad, estabilidad e instalaciones subterráneas que puede existir bajo la sepultura de Franco”.
“Una decisión del Consejo de Ministros, por legítima y conforme a la legalidad que sea, lo que aquí no se cuestiona, no puede ejecutarse sin las garantías técnicas y mecánicas que puedan poner en peligro la vida o la integridad física de los técnicos u operarios”, apostilla al tiempo que apuntan al artículo 1º de la Constitución sobre la vida humana.
Contra el auto no cabe recurso y es firme.