El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, que ha asumido la dirección de la totalidad de los Cuerpos de Seguridad-incluyendo la Ertxantxa y los Mosso d’esquadra y todas las policías locales- ha dictado este domingo una orden en la que se establecen los criterios de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para hacer cumplir las restricciones del ‘Estado de Alarma”, decretado por el Gobierno y que durará, en principio, 15 días.
Dicha orden, en la que se apela al “deber cívico de colaborar”, faculta a los agentes a sancionar a quienes no cumplan con las restricciones impuestas por dicho estado con multas desde 100€ hasta pena de 3 meses de cárcel por un delito de desobediencia y de 4 años por atentado a la autoridad.
El listado de sanciones se apoya en cuatro normas: la Ley de seguridad ciudadana’; la Ley de Salud Pública, la Ley de Protección Civil y el Código Penal. Quienes incumplan las medidas establecidas podrán enfrentarse, por ejemplo, a sanciones de entre 100 y 600€ por retirar una valla o precinto; de hasta 30.000€ por negarse a identificarse ante un agente o de hasta 60.000 por conductas que pongan en grave riesgo la salud de la población.
El delito de desobediencia a los agentes de la autoridad o al personal de seguridad privada se castiga con pena de 1 a 3 meses de cárcel. El de atentado prevé penas de hasta 4 años de prisión – incluyendo al personal sanitario entre los agentes de autoridad a esos efectos-.