Desde este jueves, 21 de mayo, es obligatorio en todo el Estado el uso de mascarilla en espacios públicos por todas las personas mayores de 6 años. En realidad el Boletín Oficial del Estado (BOE) en la orden publicada hoy indica que esa obligatoriedad se aplica siempre que no se puede garantizar la distancia de seguridad de 2 metros, algo que ahora mismo, salvo en enclaves rurales, es lo mismo que certificar esa obligatoriedad.
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha justificado esta decisión a los riesgos de la ‘desescalada’, una manera muy diplomática de decir que las indicaciones y horarios para salir están, cuando menos, relajándose, por lo cual hay que tomar esta “medida de precaución”.
Esto establece la orden del Gobierno
Esta obligación no será aplicable a:
a) Personas que presentan algún tipo de dificultad respiratoria que se puede ver agravada con el uso de la máscara.
b) Personas en las que está contraindicado el uso mascarilla por razones de salud, debidamente justificado, o por razón de su discapacidad o dependencia, o que presenten cambios de comportamiento que hacen inviable su uso.
c) Desenvolvimiento de actividades en las que, por su propia naturaleza, resulte incompatible el uso de la máscarilla.
d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.