El Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) ha sentenciado este jueves que las cantidades pagadas en concepto de gastos de hipoteca por una cláusula declarada abusiva deben ser restituidos al consumidor.
Esto supone que los bancos deberán devolver los mismos a sus clientes de manera retroactiva.
La Corte europea explica que la nulidad de una cláusula abusiva debe suponer la anulación total de la condición desde su origen. Asimismo, aclara que sólo será parcial si la legislación nacional marcaba que determinados gastos debía asumirlos el cliente.
Estas cuestiones fueron planteadas por los juzgados de primera instancia número 17 de Palma de Mallorca en procedimiento contra CaixaBank y por el número 6 de Ceuta contra BBVA. La sentencia afecta a 8 millones de consumidores.