La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo, de 25 de abril de 2019, que condenó a 12 años de cárcel a un fraile franciscano que desarrollaba su labor en O Cebreiro por abusos sexuales a una chica de 16 años y un joven de 20 años que tenía una discapacidad intelectual leve, primo de la anterior.
Delito continuado de abusos sexuales
El Supremo desestima íntegramente el recurso del religioso, y ratifica que cometió delito continuado de abusos sexuales con prevalimiento (a la menor de edad), de abuso sexual al joven, y de utilización de menor de edad para elaborar material fotográfico, ya que sacó diversas fotos desnuda de la chica de la que abusaba. Los hechos ocurrieron entre finales de 2014 y principios de 2015, en una casa propiedad de la familia del acusado y también en la sacristía del santuario de O Cebreiro.
Según los hechos probados, el hombre le dio distintas cantidades de dinero a la chica y también a su primo, a quien dijo que se lo daba para que “callase la boca” y no contase lo ocurrido a nadie.
El Supremo confirma que concurrió prevalimiento en los hechos, cometidos por una persona como el fraile que era 40 años mayor que las víctimas y teniendo en cuenta la discapacidad que sufrían las víctimas (la chica tenía capacidad intelectual límite, dice la sentencia).