No hubo ruido excesivo en Vigo durante la pasada Navidad. Al menos así lo estima el juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de la ciudad. El mismo ha dictado una sentencia en la que desestima una demanda interpuesta por una vecina contra el Concello por los perjuicios que le causaron los ruidos derivados del mercadillo y las atracciones instaladas en Areal.
El alcalde dio cuenta de la sentencia que rechaza la acusación de la demandante de que el Ayuntamiento vulneró sus derechos fundamentales a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio. Entendía que el Concello no los había protegido y le reclamaba una indemnización de 1.640 euros-que entendía es lo que le habría costado alquilar una vivienda similar a la suya durante los meses de noviembre y diciembre pasados-.
Se tomaron las medidas necesarias
La jueza cree que, aunque se hubiese acreditado que el ruido superase el máximo permitido, “por ese mero hecho y de un modo uniforme y automático, independientemente de las peculiaridades de cada caso”, no se constata “vulneración de los derechos fundamentales”.
Así, en la sentencia se apunta que el Concello contrató a una empresa para hacer mediciones de ruidos, y que tomó medidas para que estos no superasen los límites establecidos. Entre ellas, redujo el volumen de la músuica, situó las atracciones más ruidosas en otros lugares con menos viviendas o limitó la megafonía a determinados horarios.
Por todo ello, concluyó que el Ayuntamiento tuvo “una actuación diligente” , a lo que hay que sumar el hecho de que la demandante no pudo demostrar que hubo una exposición prolongada en el tiempo a esos ruidos.
Aún así, el alcalde, que se mostró satisfecho con una resolución que calificó de “muy importante”, adelantó que el Gobierno municipal seguirá trabajando “para eliminar los efectos no deseados” de las celebraciones navideñas.
La sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza.