El Gobierno español no firmará, a causa de “dudas jurídicas”, la Convención de la ONU que declara que los crímenes de guerra no prescriben, y por otro, destaca que la Ley de Amnistía de 1977 sólo es derogable por el Parlamento y no por ningún juez o tribunal.
Esta es la respuesta que ha dado por escrito el Ejecutivo a la pregunta del diputado de Izquierda Unida (IU), Gaspar Llamazares. Llamazares señaló la perplejidad de los países más avanzados en materia de derechos humanos por el hecho de que España no haya iniciado el proceso de adhesión a la Convención contra la imprescriptibilidad de crímenes de guerra y de lesa humanidad.
El diputado destacaba en su pregunta al Gobierno que asociaciones y ONG’s como Amnistía Internacional habían manifestado preocupación por la lentitud y archivo de numerosos casos de desapariciones forzosas y crímenes de derecho internacional cometidos en España entre 1936 y 1977, sobre todo desde que el Tribunal Supremo estableciese en febrero de 2012 la inhibición de la Audiencia Nacional en favor de juzgados territoriales.
El Gobierno reconoce que la firma y ratificación de la Convención de la ONU sobre crímenes de guerra fue un compromiso de la pasada legislatura, dentro del Plan Nacional de Derechos Humanos. Sin embargo, el “análisis jurídico ha suscitado la posibilidad de que ciertas medidas pudieran ser contrarias al principio de irretroactividad de la ley penal”.
En cuanto a las recomendaciones de organismos internacionales sobre la Ley de Amnistía de 1977, el Gobierno señala que fue una medida adoptada por las fuerzas democráticas, en el marco de la transición “de la dictadura a la democracia”, y “un instrumento fundamental de reconciliación entre los españoles”. Rechaza que pueda calificarse como una “auto-amnistía o amnistía unilateral articulada desde un poder dictatorial”, por el hecho de que se aprobó tras las primeras elecciones democráticas del 77.
El Ejecutivo prosigue argumentando que el Tribunal Constitucional ha avalado la ley, de la que añade: “tuvo un sentido de reconciliación al exigir que todas las fuerzas políticas cedieran algo a fin de lograr el abandono pacífico del franquismo para acoger un Estado Social y Democrático de Derecho”. La Ley de Amnistía fue aprobada por voluntad del pueblo español y por lo tanto su derogación corresponde exclusivamente al Parlamento, ya que ningún juez o tribunal podría cuestionar la legitimidad del proceso”.
El Gobierno subraya que la obligación de perseguir delitos contra la humanidad que recoge el Estatuto de Roma, firmado por España en 2000, se refiere a los delitos cometidos tras su entrada en vigor, y lo mismo alega sobre el Pacto de Derechos Civiles y Políticos ratificado por España en 1977. Es decir, que no se refieren a los crímenes del franquismo.