El Boletín Oficial del Estado 26 de diciembre de 2013 incluye, dentro de la ley 22/2013 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, una enmienda que establece que las personas desempleadas sin derecho a prestación ni subsidio de desempleo perderán el derecho a la Sanidad Pública española si están 3 meses fuera del estado español
También una vez retornen al país estarán excluidos del sistema sanitario hasta que consigan un nuevo contrato de trabajo, ya que, una vez pasados 90 días desde su marcha, serán considerados como no residentes y no tendrán derecho a ser atendidos en los hospitales del país.
Este norma modifica la Ley 16/2003 de “Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud”- exactamente la letra d) del apartado 2 del artículo 3- en la que se decía que “tendrán la condición de asegurados” quienes se encuentren en la situación de “haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo u otras prestaciones de similar naturaleza, encontrarse en situación de desempleo, no acreditar la condición de asegurado por cualquier otro título y residir en España”.
Ahora establece la “pérdida de residencia a efectos de prestaciones de la Seguridad Social” y añade que “el beneficiario de dichas prestaciones tiene residencia habitual en España aun cuando haya tenido estancias en el extranjero siempre que estas no superen los 90 días a lo largo de cada año natural”.
Con la ley de 2013, el número de personas que quedaban fuera del sistema público de salud, anualmente, se calculaba en torno a las 100.000,-cuando la excepción a recibir la prestación médica solo se aplicaba a inmigrantes de otros países-, ahora, con esta nueva medida, el sistema público dejará de proteger también a los expatriados aun cuando vuelvan a España si han pasado más de tres meses desde su marcha, un número que, considerando que desde 2008 alrededor de 700.000 españoles se han ido a trabajar fuera, podría ser muy superior.