El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado la demanda interpuesta por la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) contra la Compañía de Radio Televisión de Galicia (CRTVG) por la resolución que permite revisar el correo electrónico del personal.
En un auto con fecha del pasado 23 de mayo, los jueces declaran la nulidad de una serie de preceptos contenidos en dicha resolución, del 10 de enero de este año, por la que se establece la normativa de uso de los sistemas de información de la CRTVG y sus sociedades.
Para el sindicato, la norma “representa la grave vulneración de los derechos de libertad sindical, libertad de prensa, secreto profesional, confidencialidad de las fuentes de información, secreto de las comunicaciones y derecho de intimidad”.
La CUT saluda que con esta sentencia el TSXG deje “sin efecto todos los artículos de la normativa” y ve en ella “una prueba más del modelo autoritario que trata de imponer la CRTVG en la gestión de las relaciones laborales”. A juicio del sindicato, lo que pretende la compañía es “establecer un férreo control profesional e informativo sobre un servicio público esencial”.
Para la central, el fallo “puede extrapolarse a todas las empresas privadas o entidades públicas que tengan intención de establecer criterios sobre el uso de los sistemas de información para su personal”.