La jueza Mercedes Alaya, que instruye el caso de los ‘EREs de Andalucía’, no deja lugar a duda en su exposición razonada al Tribunal Supremo de que las ayudas investigadas fueron “una auténtica subversión del ordenamiento jurídico” que determinó que las ‘ayudas’ que cifra en 855 millones de euros- 147.500 millones de las desaparecidas pesetas– acabasen “en manos de personas y empresas próximas al entorno de los sindicatos, de cargos de la Junta de Andalucía o del PSOE andaluz”.
La jueza de instrucción 6 de Sevilla, después de tres años de investigación, eleva al Supremo la causa por la existencia de nueve aforados: los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán; los ex consejeros Carmen Martínez Aguayo, José Antonio Viera, Manuel Recio, Antonio Ávila y Francisco Vallejo; y otros dos ex consejeros a los que aún no había notificado su preimputación: Gaspar Zarrías y Mar Moreno.
Alaya, tras analizar las ayudas sociolaborales y a empresas por parte de la dirección general de Trabajo entre 2000 y 2012, recalca que supuso una “ilegal aplicación de fondos públicos por importe de 855 millones de euros” a través de una partida presupuestaria “claramente inadecuada”.
La magistrada afirma que estas “transferencias de financiación” fueron definidas por “numerosas órdenes y leyes emanadas del propio Parlamento andaluz” como destinada estrictamente a “equilibrar la cuenta de pérdidas y ganancias” de las agencias IFA e IDEA, que pagaron los fondos.
La finalidad de ello, según Alaya, fue permitir de “manera intencionada” una serie de irregularidades como eludir el procedimiento legalmente previsto para el otorgamiento de subvenciones, evitar los controles de la Intervención de la Junta y “la existencia de una clara y palmaria discrecionalidad en el uso de los fondos públicos”, pues las subvenciones se concedían “sin solicitud, sin documentación justificativa” y además por un órgano “manifiestamente incompetente”.
“Se producía, pues, una auténtica subversión del ordenamiento jurídico”, pues “amén de las normas reguladoras de las subvenciones, se infringieron preceptos tan elementales como la Constitución y el Estatuto de Autonomía”.
La jueza enfatiza que se tejió un “selecto círculo de influencias que iban desde los sindicatos, agencias o mediadores de seguros y despachos de abogados, que tenían importantes beneficios económicos por su gestión”.
Según explica, se trataba de tres tipos de subvenciones: sociolaborales, ayudas directas a empresas y ayudas individuales a personas físicas, estas últimas otorgadas a familiares y amigos de algunos de los ex altos cargos o mediadores imputados. Dichas subvenciones, enfatiza, se basaron solo en “las relaciones personales, al margen de cualquier criterio legal o igualitario, por ser los beneficiarios amigos, parientes, compañeros de partido o sindicato, cargos políticos o incluso por ser conocidos del mismo pueblo”.