Messaoud El-Omari, ex trabajador de Comisiones Obreras, que hace algo menos de un año fue condenado por la Audiencia Provincial de A Coruña a cuatro años de cárcel por un delito contra los derechos de los extranjeros que habría cometido cuando era director de la oficina de asesoramiento para inmigrantes de este sindicato, ha sido absuelto del mismo por el Tribunal Supremo.
Como él mismo anunció en noviembre pasado, ha recurrido la sentencia y el alto tribunal le ha dado la razón, negando la versión de la Audiencia provincial y ha rechazado que El-Omari reclutase a compatriotas en Marruecos a los que ofrecía, a cambio de cantidades que oscilaban entre los 2.000 y 9.000 €, un contrato de trabajo que les permitiría obtener un permiso de residencia en España.
Además de ello, durante todo este proceso, que se remonta a varios años atrás, Messaoud se sintió discriminado por Comisiones Obreras, pese a ser uno de sus trabajadores, llegó a estar tres meses en la cárcel y a ser relacionado, por diferentes medios con la muerte de Asunta Basterra, un extremo que quedó inmediatamente desmentido por el juez que instruyó la causa, tal y como el propio El-Omari aseguró a vigoalminuto,
Algún otro medio llegó a afirmar que tenía negocios inmobiliarios y que mantenía una relación que era más que de amistad con Rosario Porto, algo que nunca fue confirmado sino, siquiera, contrastado- puesto que quien hacía tal insinuación no llegó a hablar ni con Messaoud ni con Rosario-.
En la sentencia– a la que ha tenido acceso esta redacción- los magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo razonan que en la decisión de la Audiencia Provincial de A Coruña, “no se concreta la dinámica de actuación en cada caso, es decir, la forma en la que se les captó[a los extranjeros a los que se habría empleado], se les exigió el dinero y se hizo efectivo el pago; no se precisa en qué casos hicieron el pago los trabajadores o algún familiar, lo que deja indeterminada la identidad del realmente perjudicado; y tampoco se establece que el interés de los ciudadanos marroquíes fuese la obtención de un permiso de residencia en lugar de un contrato de trabajo. Como consecuencia, interesa la absolución del acusado”.
Los magistrados aseguran que “debemos declarar y declaramos haber lugar al recurso de Casación por infracción de Ley y de precepto Constitucional, así como por quebrantamiento de Forma, interpuesto por la representación procesal del acusado Messaoud El Omari, contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de la Coruña, Sección Sexta, con fecha 11 de Noviembre de 2.013” y añaden “debemos absolver y absolvemos al acusado, Messaoud El Omari del delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, dejando sin efecto cualquier medida adoptada contra el mismo”.
vigoalminuto se ha puesto en contacto con El-Omari quien ha querido agradecer la “cercanía, el cariño y el ánimo constante” de cuantos le han apoyado durante todos estos años, ha afirmado que “no tengo ninguna clase de rencor a nadie” y ha recalcado que “siempre he confiado en que la verdad se sabría y con esta sentencia no solo ha sido así sino que ha quedado demostrado que la Justicia funciona”.