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#SinMordazas, desde hoy, esto tiene multas de 600 a 30.000 €, sin que lo diga un juez
Este 1 de julio ha entrado en vigor la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida popularmente como ‘Ley Mordaza’, aprobada con los votos del PP en las Cortes y que los partidos de la oposición ya han anunciado que derogarán en cuanto lleguen al Gobierno.
Según su articulado, desde hoy, cualquier ciudadano podrá ser sancionado con multas que van de 100 a 600.000 €, por alguna de estas actividades– siempre que las mismas no sean delito.
Faltas muy graves- con multas de 30.001 a 600.000 €-: Manifestaciones no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas; fabricar, almacenar o usar armas o explosivos incumpliendo la normativa o careciendo de la autorización necesaria o excediendo los límites autorizados; celebrar espectáculos públicos quebrantando la prohibición ordenada por la autoridad correspondiente por razones de seguridad pública; proyectar haces de luz sobre los pilotos o conductores de medios de transporte que puedan deslumbrarles o distraer su atención y provocar accidentes.
Faltas graves-multadas con entre 601 y 30.000 €: perturbar la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones a las que asistan numerosas personas; perturbación grave de la seguridad ciudadana en manifestaciones frente al Congreso, el Senado y asambleas autonómicas aunque no estuvieran reunidas; impedir a cualquier autoridad el ejercicio legítimo de sus funciones en el cumplimiento de resoluciones administrativas o judiciales. Este punto sancionaría, por ejemplo, las concentraciones para impedir la ejecución de desahucios; la desobediencia o la resistencia a la autoridad así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes- es decir, la resistencia pasiva-; negarse a disolver reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público cuando lo ordenen las autoridades competentes: entre estos supuestos se encuentra “cuando se produzcan alteraciones del orden público con peligro para personas o bienes”, por lo que los escraches podrían llevar aparejadas estas multas; no colaborar con las Fuerzas de Seguridad en la averiguación de delitos o en la prevención de acciones que puedan poner en riesgo la seguridad ciudadana- quienes determinarán que se da este supuesto serán los propios agentes, de acuerdo con las instrucciones de sus superiores-.
Por lo que se refiere al derecho de información, se penalizan con estas multas lo que se define como “uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes”, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación. Por supuesto, quienes deciden que un periodista ha incurrido en este supuesto, son los propios policías por lo cual, de hecho, pueden multar-bastando su palabra para ello- a los informadores gráficos que tomen imágenes suyas en cualquier circunstancia: es decir, un agente, sin más explicación, puede entender, por su cuenta, sin que medie decisión judicial, que hay que multar a un periodista que le ha sacado una fotografía o gravado un vídeo.
Las faltas leves, con una multa de 100 a 600 €, serían, entre otras, manifestarse, sin que se haya comunicado a las autoridades; exhibir de objetos peligrosos para la vida e integridad física de las personas- dejando qué son objetos peligrosos al criterio de los agentes- hay que recordar que estos consideraron como tales una varilla y el tapacubos de un 600 que llevaba una mujer de 74 años que protestaba contra la venta de Preferentes.
También serán multadas las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad, quedando ello, asimismo, a criterio de ese miembro de las Fuerzas de Seguridad del Estado
Además se multará la proyección de haces de luz, mediante cualquier tipo de dispositivo, sobre miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para impedir o dificultar el ejercicio de sus funciones; las irregularidades en la cumplimentación de los registros previstos en esta Ley con trascendencia para la seguridad ciudadana; no tener la documentación personal legalmente exigida o no denunciar su robo o pérdida; negarse a darle la documentación a la Policía; escalar edificios o monumentos sin autorización cuando haya riesgo de que se ocasionen daños- acciones habituales de Greenpeace.