La Cámara de Comercio, como en Hacienda, son todos los empresarios, así que a partir de junio, la entidad comenzará a girar el cobro de las cuotas de 2011 de las empresas que corresponden al cobro del Impuesto de Sociedades devengado en 2009, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas devengado en 2009 e Impuesto sobre Actividades Económicas devengado en 2010 con el que las empresas aún están obligadas a cumplir durante este año.
Desde el pasado 1 de enero de 2011 la pertenencia a las Cámaras de Comercio ha dejado de ser obligatoria, es decir, únicamente serán electores de las Cámaras aquellas empresas que libremente así lo decidan. Para ello, las empresas que quieran deberán manifestarlo con carácter previo y expreso. No se hace precisa declaración expresa y por escrito de su voluntad de causar baja –o no pertenencia-, lo cual no implica que si lo desean puedan hacerlo.
No obstante, la Cámara quiere informar que todas las empresas continúan formando parte del Censo Público de Empresas previsto en el artículo 2.1h) de la citada Ley de Cámaras, según se regula en la Disposición Final cuadragésima séptima de la Ley 2/2011, de 4 de marzo de Economía Sostenible, sin que de ello deriven obligaciones o derechos.