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La Audiencia de Murcia ratifica que el hombre que pega a una mujer no tiene que considerarse machista

Exactamente considera que un hombre que pegó a su mujer no lo hizo desde una situación de dominación. De ahí que la Audiencia Provincial de Murcia haya desestimado el recurso de la víctima contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal de Cartagena que condenó a su esposo por una falta de malos tratos y no por un delito de malos tratos en el ámbito familiar.

El juez de lo Penal declara como hechos probados que el incidente se produjo el 19 de febrero de 2010 en el transcurso de una discusión de la pareja, cuando el acusado “le dio un fuerte golpe en el pecho con la mano abierta, que no precisó asistencia médica ni le causó lesión”.

El juez dejó constancia también de que “no consta acreditado que el acusado, desde el año 1998, viniera tratando de forma degradante con amenazas de muerte constantes y malos tratos psicológicos de carácter diario a su esposa”.

La sentencia del Juzgado, confirmada ahora por la Audiencia Provincial, lo condenó, por una falta de malos tratos de obra, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 6€.


 

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